Es legal la formación fuera del horario laboral
Derecho de la formación en el trabajo
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Si usted es un empleado o trabajador y comenzó a trabajar para su empleador después del 6 de abril de 2020, sus condiciones escritas deben establecer la formación que debe completar, incluida la formación que el empleador no paga.
Si ganas más que el Salario Mínimo Interprofesional, es posible que el tiempo dedicado a la formación obligatoria ya esté cubierto por tu salario. Si la formación no tiene lugar durante su horario de trabajo normal, compruebe su contrato de trabajo para ver si se le paga por el tiempo dedicado a la formación. Si no estás seguro, habla con tu jefe.
Si ganas el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o un salario cercano, tu empresa debería pagarte por el tiempo dedicado a la formación obligatoria. Esto se debe a que la remuneración recibida en comparación con las horas trabajadas en el periodo de referencia salarial podría situarle por debajo del Salario Mínimo Nacional.
Cobrar por la formación en el trabajo
En el 29 C.F.R. 785.28 se explica que la asistencia no es verdaderamente voluntaria si es exigida por el empresario, o si se hace creer al trabajador que la inasistencia afectaría de algún modo a su empleo, como sería el caso de la mayoría de las reuniones convocadas por el empresario. El 29 C.F.R. 785.29 señala que «la formación está directamente relacionada con el trabajo del empleado si está diseñada para que éste realice su trabajo con mayor eficacia, a diferencia de la formación para otro trabajo, o para una habilidad nueva o adicional».
Es permisible tener un acuerdo salarial por el que se pague a los empleados una tarifa inferior (al menos el salario mínimo) por el tiempo de formación y reunión compensable y otros tipos de tiempo de trabajo no productivo, como se indica en 29 C.F.R. 778.318(b). Sin embargo, cualquier acuerdo de este tipo debe expresarse claramente en un acuerdo salarial por escrito firmado por el empleado, y el tiempo así distinguido debe registrarse con cuidado y exactitud. Además, si dicho trabajo da lugar a horas extraordinarias, el pago de las mismas debe calcularse según el método de la media ponderada para calcular el pago de las horas extraordinarias, tal como se establece en el 29 C.F.R. 778.115 (véase el tema «Empleados que trabajan a dos o más tarifas» en el artículo «Cálculo del pago de las horas extraordinarias» de este libro). Debido a la complejidad del método de cálculo de las horas extraordinarias necesario y al mantenimiento de registros que conlleva, cualquier empresa que lo intente debe hacer preparar el acuerdo con la ayuda de un abogado con experiencia en este ámbito de la ley.
Si mi empleador se niega a pagar la formación obligatoria, ¿qué debo hacer?
Sin embargo, si usted, como empleador, pide que un empleado realice la formación necesaria para su trabajo, debe pagarla, incluso si la formación tiene lugar fuera de las horas normales de trabajo del empleado.
Si tomamos como ejemplo el sector de la asistencia, todos los empleados deben poseer el certificado de asistencia o estar trabajando para obtenerlo. Por lo tanto, los empleados deben recibir una remuneración por el tiempo que dediquen a ello. Este planteamiento se aplica a todos los requisitos de formación obligatoria/estatutaria.
Si decide pagar a un empleado por el tiempo de formación que no es necesario para su trabajo, tenga en cuenta que puede sentar un precedente. Esto significa que si, por ejemplo, pagas a un empleado por un tiempo libre y no pagas a otro (por una formación que también beneficiaría a sus puestos de trabajo), podrías exponerte a reclamaciones por discriminación.
Puede optar por revocar los principios expuestos anteriormente. Así, por ejemplo, si tiene menos de 250 empleados en su plantilla y una persona pide tiempo libre para formarse, puede aceptar su petición.
¿Se le paga por la formación antes de un trabajo
Se habla de comisión cuando se paga a un empleado en función de las ventas que haya realizado o de otros objetivos que haya cumplido, por ejemplo, un porcentaje del valor total de una venta realizada. Algunas personas son contratadas únicamente a comisión, otras pueden tener un salario por hora y recibir además una comisión por ventas, algunas pueden tener una comisión limitada, mientras que otras tienen una capacidad ilimitada de ganar comisiones. Los empleados que cobran una comisión deben recibir al menos el salario mínimo correspondiente.
La comisión por pieza es aquella en la que el empleado cobra por el número de piezas que ha trabajado, por ejemplo, se le paga por el número de cubos de fruta recogidos o por el número de prendas cosidas. Los empleados a los que se paga por pieza deben seguir recibiendo al menos el salario mínimo correspondiente por cada hora trabajada.
La remuneración de la formación (tanto el coste de la formación como el tiempo de asistencia a la misma) depende del tipo de formación. La formación exigida por el empresario y realizada en el marco de la jornada laboral normal del trabajador (formación en el puesto de trabajo) debe ser remunerada. Esto incluye a los nuevos empleados que empiezan a trabajar y que necesitan algún tipo de formación que se realiza habitualmente en el puesto de trabajo.La formación también puede impartirse a través de conferencias, seminarios y talleres fuera del horario de trabajo, o puede haber oportunidades de realizar cursos más formales que conduzcan a la obtención de títulos. El empresario puede optar por conceder un permiso de estudios para asistir a este tipo de cursos y/o sufragar el coste de los mismos. La formación fuera del horario laboral o los cursos de estudio más formales son objeto de negociación entre el empresario y el empleado. La mejor práctica es hablar de la próxima formación o estudio con antelación y acordar si dicha formación será o no remunerada. Lo que se acuerde debe ponerse por escrito para garantizar que todos entienden las condiciones de la formación.